El Ministerio acoge en un nuevo proyecto el
mantenimiento del Registro Civil en Justicia
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El Ministerio ha entregado a STAJ un proyecto de
reforma de la Ley 20/2011, del Registro Civil, en el que se mantienen la
estructura actual del Registro Civil. Este proyecto ha sido ya presentado en la
Mesa del Congreso de los Diputados en forma de Proposición de Ley.
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Las oficinas de Registro Civil seguirán servidas por funcionarios
de Justicia, con carácter exclusivo.
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Los Letrados de la Administración de Justicia serán
los nuevos Encargados. Los Jueces de Paz mantienen funciones de Registro Civil.
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Se mantiene la ubicación actual de todas las oficinas
de Registro Civil.
Como informamos hace unas semanas tras la reunión mantenida entre STAJ y
la Secretaria de Estado de Justicia Carmen Sánchez, la modificación incidirá de
lleno en la estructura del Registro Civil, de manera que desaparecerá
de la ley la organización en una Oficina Central y Oficinas Generales (una
por Comunidad Autónoma, más otra optativa por cada 500.000 habitantes, y otra
más excepcionalmente al arbitrio de cada Comunidad Autónoma en función de
determinados criterios), además de las Consulares, manteniendo en
cambio la misma estructura actual del Registro Civil.
De esta forma, se mantienen todos los puestos de trabajo que
desaparecerían de aplicarse las previsiones de la Ley de 2011, que extraía el
Registro Civil de la Administración de Justicia, dejando de ser servido por
funcionarios de Justicia.
Junto a ello, se apuesta por la implantación del folio único personal (en
contraposición a las “secciones” actuales del Registro Civil), la plena
digitalización y tramitación electrónica del Registro Civil, la inversión en la
renovación de los equipos informáticos, avances todos ellos imprescindibles en
la era de la Administración electrónica en que nos encontramos.
Desde STAJ celebramos que en el texto se recoja buena parte de nuestras
exigencias en materia de Registro Civil (público y gratuito, dentro de la
Administración de Justicia, servido enteramente por funcionarios de Justicia en
activo con mantenimiento íntegro de los puestos de trabajo, manteniendo la
demarcación actual incluidos los Juzgados de Paz), y que venimos reclamando
desde antes incluso de la promulgación de la Ley de 2011, prácicamente en
solitario, por mucho que ahora otros quieran aparecer como “salvadores” del
Registro Civil.
Con todo, no renunciamos a reclamar la recuperación de aquellas
funciones propias del Registro Civilque han sido atribuidas a otros
profesionales en los últimos tiempos, entendiendo que las oficinas de Registro
Civil deben mantener competencias reales. Estamos estudiando detenidamente el
texto y estamos preparando propuestas de enmienda en algunas cuestiones,
relativas sobre todo a Relaciones de Puestos de Trabajo de las Oficinas
registrales, régimen de competencia en la práctica de asientos y otras
materias, funciones del personal y recuperación de competencias registrales que
han sido “externalizadas”. Enmiendas que presentaremos a los Grupos
Parlamentarios, con los que ya hemos establecido contacto.
NOTA: Ante las constantes copias que padecemos por parte de otro sindicato
sin presencia en mesa sectorial de Justicia, aclaramos que esta información ha
sido elaborada por STAJ y es resumen de las actuaciones que hemos realizado y
las reuniones mantenidas, entre otros, con la Secretaria de Estado de Justicia,
en relación con el Registro Civil. El texto que se adjunta también ha sido
adelantado directamente a STAJ por el propio Ministerio de Justicia, ya que aún
no está disponibles en la Web del Congreso de los Diputados.