Sobre el pago de las
entradas y registros a los gestores
En enero de 2016, el Ministerio nos dio
traslado a los sindicatos de un borrador de resolución del Director General de
la Administración de Justicia por el que se establece un plan concreto de
actuación para la retribución de las entradas y registros simultáneas
realizadas por Letrados de la Administración de Justicia fuera del período de
guardia. La cantidad a abonar es de 30 euros.
Como no podía ser de otra forma, STAJ realizó
las alegaciones correspondientes y entre otras la siguiente:
"Entendemos que también debe contemplarse en esta Resolución
expresamente a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa
de acuerdo con lo establecido en el artículo 451.3 de la LOPJ, que contempla
expresamente en los supuestos de entradas y registros en lugares cerrados
acordados por un único órgano judicial de la Audiencia Nacional y que deban ser
realizados de forma simultánea que los funcionarios del Cuerpo de Gestión
Procesal y Administrativa podrán intervenir en sustitución del Letrado de la
Administración de Justicia, en calidad de fedatarios y levantar la
correspondiente acta".
Era evidente que se tenía que reconocer
el pago a los gestores. Y así se exigió desde STAJ,
entendiendo que lógicamente lo exigirían también el resto de organizaciones
sindicales. El Ministerio nos informó que iban a reconocer seguro el pago a los
gestores.
Por otro lado, STAJ exigió
el aumento de la cantidad ya que entendemos que la cantidad fijada como
retribución (30 euros por entrada y registro) es insuficiente, debiendo de
valorarse sin ninguna duda la especial penosidad y peligrosidad del caso. Al
aumento de la indicada cantidad, entiende STAJque hay que añadir y
tomar como referencia el sistema de puntos establecido en el RD 1909/2000 y el
valor de actualizado del punto a 2016 que está en 26,63 euros, reconociendo por
tanto los trabajos realizados y su importancia, aumentando estas cantidades a
las retribuciones reales que debe recibir el funcionario por su trabajo
realizado.
No hay que olvidar que a día de hoy
siguen sin tener presupuesto para el pago de la productividad del resto de
funcionarios de Justicia que deben de cobrar este concepto. Es de Justicia
cobrar la productividad.
Desde STAJ no podemos
aceptar que se hable exclusivamente de productividad para el Cuerpo de Letrados
de la Administración de Justicia y no para el resto de los Cuerpos de
funcionarios al servicio de la Administración de Justicia que tienen el mismo
derecho a cobrarlo.
STAJ exige que se negocie la
productividad de los funcionarios de Justicia manifestando una vez más que esta
productividad es fruto del trabajo realizado, no sólo por los letrados de la
Administración de Justicia sino también por los funcionarios de la
Administración de Justicia.